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Elevar a homicidio calificado, asesinatos contra servidores en funciones de procuración de justicia o seguridad; propone Eréndira Isauro

Morelia, Mich. A 12 de abril de 2023.- La diputada por el Distrito 05 de Paracho, Eréndira Isauro Hernández, presentará en sesión del Congreso de Michoacán, la iniciativa de reforma al artículo 122 del Código Penal del Estado, para agravar las penas y considerar como homicidio calificado, aquellos que se cometan contra un servidor público en ejercicio de sus funciones en materia de seguridad o procuración de justicia.

La legisladora que presentó ante Servicios Parlamentarios del Congreso del Estado la propuesta para que se enliste en la orden del día de la siguiente sesión, al considerar aplicar penas de 20 a 50 años. “Es pertinente establecer como homicidio calificado la perdida de la vida de las personas que ejercen funciones en cumplimiento de su deber a la seguridad y a la procuración de justicia, con una pena de los veinte a los cincuenta años de prisión”, precisó Eréndira Isauro.

Señaló que, atendiendo el principio de proporcionalidad en la pena, contemplado en la Constitución de México, la conducta consistente en la privación de la vida de manera dolosa de una persona contra otra que procuran la justicia o que ejercen funciones de seguridad para lograr y alcanzar el bienestar social, dejan en el ámbito moral y humanitario una pérdida irreparable para los familiares.

“No debemos dejar a un lado si entre esto se dejan madres de familia, hijos menores o adultos mayores en su calidad de padres en el abandono por su perdida. Este tipo de actos se dan de manera sorpresiva, con el uso de armas, lo que pone en peligro la integridad, seguridad y la vida no solo de los elementos de seguridad, sino de la misma sociedad en general”, expresó.

La legisladora mencionó que la finalidad del aumento a la pena es poder sancionar estas conductas delictivas, con las que se pueda disminuir esa psicosis de miedo en la sociedad cuando hay estos encuentros, asegurar y privilegiar la vida tanto de personas directas e indirectas, individuales y colectivas, contemplando en esta esfera de protección además de la vida, la seguridad, la integridad y la tranquilidad de las personas.

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